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¿Cómo se pronunció la Corte Constitucional frente a las funciones Jurisdiccionales de la Procuraduría General de la Nación establecidas en la ley 2094 de 2021?

La Procuraduría General de la Nación es la entidad encargada de representar a todos los ciudadanos frente al Estado como órgano del Ministerio Público encargado de la función disciplinaria.

El Ministerio Público tiene la tarea de velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas y la de supervigilar la conducta de quienes desempeñan funciones públicas, así como el interés Público y la Guarda y Promoción de los Derechos Humanos. En desarrollo de la atribución de vigilancia, la Procuraduría investiga las faltas disciplinarias cometidas por los servidores públicos y otro tipo de personas acogidas por el nuevo Código General Disciplinario.

El artículo segundo de la ley 1952 de 2019 fue modificado por el primer artículo de la ley 2094 de 2021, la cual atribuyó la titularidad de la acción Disciplinaria a la Procuraduría General de la Nación, al otorgarle funciones Jurisdiccionales frente a los servidores públicos elegidos por medio de voto popular, tema que ha sido bastante controversial al ser estos funcionarios parte de la Rama ejecutiva del poder Público.

Es por esto que el pasado 16 de febrero del presente año, por medio de sentencia C - 030 de 2023 La Corte Constitucional se pronunció frente a esta situación. Todo esto con el fin de explicar las funciones de la Procuraduría General de la Nación al eliminar las palabras “jurisdiccional o jurisdiccionales” del presente Código Disciplinario, dando a entender que todo tipo de sanción a establecer a servidores públicos elegidos por voto popular será competencia del Juez Contencioso Administrativo.

De igual manera hace hincapié en que dichas funciones disciplinarias son exclusivamente de naturaleza Administrativa y no jurisdiccional, exhortando al Congreso General de la República para que opte un nuevo estatuto para los servidores públicos que son elegidos por medio de voto popular por ser un Régimen especial que pueda llegar a garantizar de manera idónea todo lo relacionado a la protección de los Derechos políticos y electorales de nuestra comunidad. 

Área de Derecho Público. Consultorio Jurídico. Universidad de Ibagué.

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