Se modifican las semanas que las mujeres deben cotizar para obtener la pensión de vejez
Hasta la fecha se tenía establecido en cumplimiento del artículo 9° de la ley 797 de 2003 que el número de semanas exigidos para obtener la pensión de vejez, para mujeres y hombres era de 1.300, pero la Corte Constitucional en Sentencia C-197 del 6 de junio de 2023, declaró inexequible el inciso 2° del numeral 2° del artículo 9° de la Ley 797 de 2003, que modificó el inciso 2° del numeral 2° del artículo 33 de la Ley 100 de 1993 y el apartado final del inciso 5° del artículo 10 de la Ley 797 de 2003, que modificó el artículo 34 de la Ley 100 de 1993, respecto a sus efectos para las mujeres.
A partir de ello, la Corte explicó el derecho de las mujeres a obtener una protección especial en el ámbito laboral y de la vejez en el sistema de seguridad social integral. Al respecto expresó sobre las inequidades que padecen las mujeres en el aseguramiento del riesgo de vejez.
De conformidad con lo anterior, redujo las semanas de cotización para obtener la pensión de vejez de las mujeres a 1.000, y para atender el principio de sostenibilidad financiera del sistema pensional, estableció que la decisión se aplicará a partir del 1 de enero de 2026, por cuanto si para esa fecha no se ha adoptado dicho régimen, la Corte dispuso que el número de semanas mínimas de cotización que se exija a las mujeres para obtener la pensión de vejez en el régimen de prima media se disminuirá en 50 semanas por el año 2026 y, a partir del 1° de enero de 2027, se disminuirá en 25 semanas cada año hasta llegar a 1000 semanas.
Área de Derecho Laboral. Consultorio Jurídico. Universidad de Ibagué.