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¿Pueden los colombianos escoger su género en los documentos de identificación?

Por: Área de Derecho Público. Consultorio Jurídico, Universidad de Ibagué.

En Colombia, la Ley 2159 de 1852 estableció por primera vez un sistema de registro civil, y con la Constitución de 1853 expedida en el Gobierno del general José María Obando se establece el primer modelo de documento de identificación. Desde entonces, se han efectuado varios cambios en el modelo diseñado para la identificación de los colombianos. En el año 2020 se implementó la cédula de ciudadanía digital, cuyo uso no es obligatorio, pero que ha recibido críticas positivas, como quiera que facilita algunos trámites, ofrece mayor seguridad, y evita en gran medida la suplantación de las personas.

Un nuevo cambio se produce en el año 2022, mediante la sentencia T-033 de 2022 proferida por la Corte Constitucional y en la cual, ordena a la Registraduría General de la Nación, implementar en los documentos de Identificación la opción de género no binario, es decir, que los documentos no se limitarán a especificar género masculino y femenino, sino que también tendrán la opción de género no binario, lo cual quiere decir que la persona no se identifica como un hombre o como una mujer. La Corte establece que la Registraduría tendrá un término de seis (6) meses para materializar lo ordenado; en ese término, deberá tomar las medidas que considere viables y pertinentes para que las personas que cumplan con los requisitos de corrección de sexo puedan categorizarse bajo el concepto de género no binario. Así mismo, la Corte exhortó al Congreso de la República para que regule los derechos y deberes de las personas no binarias. 

De otra parte, la Magistrada sustanciadora, la Dra. Gloria Stella Ortiz Delgado afirmó que, acoger un nuevo género es el comienzo de la participación social efectiva en el sistema, es decir, que es el primer paso para que todas las personas se sientan partícipes de manera efectiva en la sociedad y en los sistemas de Gobierno. Esta decisión no solo influye en la documentación de las personas, sino que también tendrá trascendencia en otros ámbitos, tal es el caso de la prestación del servicio militar (solo aplica para los hombres), el acceso a la pensión de vejez (la edad varía según el género masculino y femenino) y la asignación de cupos carcelarios. En definitiva, esta controversial decisión causará impacto tanto en el mundo jurídico como en el orden social. No obstante, es un cambio que redunda en beneficio de un sector de la sociedad que ha sido desconocido por años y que ahora tendrán su espacio en el sistema.


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