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¿Es discriminatoria la pensión de vejez con las mujeres trans?

¿Es discriminatoria la pensión de vejez con las mujeres trans?La pensión de vejez, es una forma de recibir ingresos por el tiempo en el cual se trabajó.  Se puede pedir por el régimen privado o régimen público.  En el régimen privado, no existe un requisito de edad o semanas mínimas para pensionarse (salvo que de manera excepcional se trate de una pensión de garantía mínima, caso en el cual debe cumplir con los requisitos prestablecidos para tal fin).  El único requisito por regla general en el régimen privado es cumplir con un capital acumulado en su cuenta de ahorro individual les permita obtener una pensión mensual, superior al 110% del salario mínimo legal mensual vigente.

En el régimen publico existen dos requisitos para el afiliado que quiera optar por su pensión de vejez. Entre ellos se encuentran: haber cotizado  1300 semanas, y cumplir con la edad mínima la cual varía entre hombres y mujeres; para hombres son 62 años y para mujeres 57 años. 

Teniendo en cuenta lo anterior, es necesario saber, ¿qué rango de edad deben cumplir las mujeres trans género afiliadas al régimen público y que deseen iniciar trámites para el reconocimiento de su pensión de vejez? 

La Corte Constitucional se refirió al caso, por petición de una mujer transgénero quien radicó una acción de tutela contra la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, al sentir sus derechos fundamentales vulnerados, ya que Colpensiones negó su pensión de vejez con el argumento que: “no tenía derecho al reconocimiento y pago de la pensión de vejez, pues tenía 59 años y, por lo tanto, no había cumplido con la edad exigible a los 'hombres' (62) para acceder a dicha prestación social”.

 

La tutela llegó a su última instancia, Sala de Revisión en la Corte Constitucional en donde se concluyó que: 

“A pesar de que las mujeres transgénero no se enfrentan a las mismas barreras que afrontan las mujeres cisgénero en materia pensional, en todo caso son merecedoras de una medida afirmativa por parte del Estado que compense dichos obstáculos y garantice el acceso a derechos pensionales en condiciones de igualdad".

Por lo anterior, las mujeres transgénero tendrán por cumplido el requisito de edad en el régimen público a los 57 años. En línea de lo anterior, con la edad cumplida y el número de semanas mínimas cotizadas, podrán iniciar el proceso de reconocimiento de pensión de vejez en el régimen público, administrado por COLPENSIONES. 

 

ÁREA DERECHO LABORAL. CONSULTORIO JURÍDICO. UNIVERSIDAD DE IBAGUÉ.


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