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¿En qué consiste la regulación migratoria que propone el Gobierno frente al caso de Venezuela?

El pasado 8 de febrero se anunció por parte del Presidente de la República, Iván Duque, la creación de una medida complementaria al Régimen de Protección Internacional, con la cual se busca fomentar la regularización de los migrantes venezolanos dentro del país y, asimismo, disminuir las condiciones de migración irregular. Además, este resulta ser un avance significativo en el desarrollo de las garantías hacia este grupo poblacional que ha sido reconocido jurisprudencialmente como sujetos de especial protección internacional en concordancia con la sentencia T-210 de 2018, lo anterior como consecuencia de las graves afectaciones a sus derechos fundamentales y la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran. De este modo, en la mencionada jurisprudencia también se establece que los Estados y especialmente el nuestro como Estado Social de Derecho, el cual está adscrito a una diversidad de tratados internacionales, debe implementar medidas de protección especiales para así salvaguardar los derechos de esta población.

Si bien es de gran exaltación la labor realizada por el Gobierno Nacional en conjunto con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), dado que, Colombia es de los Estados pioneros con respecto a la realización de este tipo de regulación ampliamente garantista en materia migratoria, es posible analizar desde una perspectiva crítica lo necesario que resulta la implementación de este tipo de medidas a raíz de una realidad existente, con el objetivo de eliminar por completo las barreras que imponían los anteriores mecanismos que daban tránsito a un régimen migratorio ordinario y regular para nuestros hermanos venezolanos. Encontramos en numerosas ocasiones que las herramientas brindadas pretendían el cumplimiento de una serie de requisitos que resultaban imposibles de satisfacer para quienes huían del país vecino por las graves afectaciones al orden público, violación masiva de Derechos Humanos y constantes amenazas en virtud de la violencia generalizada que se ha presentado en Venezuela. 

En concordancia con lo anteriormente expuesto, se debe realizar un reconocimiento positivo a la serie de beneficios que se pretenden otorgar a los ciudadanos venezolanos, al acogerlos y brindarles la posibilidad de subsistir por sus propios medios gracias al permiso concedido para acceder a vinculaciones laborales de manera formal. Además, del compromiso adquirido por parte del Estado Colombiano para llevar un control preciso sobre la población que presente carencias en sus necesidades básicas, en pro de garantizar una vida digna y la cesación de las condiciones de vulnerabilidad en las que se encuentre, a través de la Inscripción en el Registro Único de Migrantes Venezolanos. Finalmente, el tránsito a la regularización gracias a la vigencia de 10 años que tendrá este Estatuto al facilitar el cumplimiento de los requisitos de tiempo solicitados para la expedición de la visa de residentes. 

Programa de Asistencia Legal a Población con Necesidad de Protección Internacional y Víctimas del Conflicto Armado Interno del País. Consultorio Jurídico. Universidad de Ibagué.






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