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¿Cómo ingresar al servicio público en Colombia?
Toda persona que desee ejercer la función pública deberá conocer que la Constitución (artículos 122 y 125) regula la naturaleza y los procedimientos que deben cumplir quienes quieran prestar sus servicios como empleados públicos. El artículo 125 desarrolla dicho tema, al establecer que “Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley.”

Surge una duda muy frecuente en la sociedad y es sobre la vigilancia a estos procesos o concursos de meritocracia en nuestro país. La respuesta se encuentra en las funciones de la Comisión Nacional del Servicio Civil, tal como lo señala el artículo 130 de nuestra Constitución: “Habrá una Comisión Nacional del Servicio Civil responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial.” La Comisión Nacional se encarga de velar por que se cumplan los requisitos y los procesos de selección que se realizan en el territorio nacional, además de llevar el registro público de los empleados públicos de carrera Administrativa. 

Si alguna persona aspira a vincularse para ocupar un cargo público debe estar atenta a las convocatorias de los concursos de méritos que tienen publicidad a través de los diferentes medios de comunicación y de la página de internet www.cnsc.gov.co de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Complementa la regulación del servicio público, el Departamento Administrativo de la Función Pública, que formula y promueve las políticas e instrumentos en el empleo público, organización administrativa, control interno y racionalización de trámites, para robustecer la función de las entidades públicas.

El ciudadano que desee ejercer un cargo público en Colombia, debe tener presente que, en virtud de la meritocracia, tendrá que cumplir con la especificidad de los requisitos que requiera el cargo y los manuales de funciones. De esta manera se garantiza una sana competencia, soportada igualmente a través de la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, que compilan toda la normatividad sobre la materia como reglamentario del sector de la función pública.

Área de Derecho Público. Consultorio Jurídico. Universidad de Ibagué.

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